
Nómina e IMSS en Tijuana: obligaciones del patrón y errores que salen caros
Lo que un patrón tiene que presentar, en qué plazo y qué pasa si no
Contratar a una persona activa un paquete de obligaciones que no se detiene: altas, cuotas, retenciones, aportaciones y declaraciones. Esta guía las ordena y señala dónde se acumulan las diferencias que aparecen años después.
Lo primero: el registro patronal
Antes del primer pago va el alta patronal ante el IMSS. Operar con personal sin registro patronal no sólo genera cuotas omitidas: expone a la empresa frente a un riesgo de trabajo sin cobertura, que es el escenario realmente caro.
El calendario del patrón
| Obligación | Periodicidad |
|---|---|
| Movimientos afiliatorios (altas, bajas, modificaciones) | Dentro de cinco días hábiles |
| Cuotas obrero patronales del IMSS | Mensual |
| Aportaciones INFONAVIT y amortizaciones | Bimestral |
| Retención y entero de ISR de sueldos | Mensual |
| Impuesto estatal sobre remuneraciones | Mensual |
| Declaración de la prima de riesgo de trabajo | Anual, en febrero |
| Reparto de utilidades (PTU) | Anual, después de la declaración |
Los cinco errores que más cuestan
Dar de baja tarde
Las cuotas siguen corriendo a tu cargo hasta la fecha del aviso. Es el error más frecuente y el más evitable.
No modificar el salario
Si el salario real subió y el registrado no, la diferencia se acumula y aparece en una revisión con actualización y recargos.
Presentar siempre la misma prima de riesgo
Es una declaración anual que hay que recalcular. Muchas empresas la repiten y pagan de más o de menos, y las dos cosas tienen consecuencia.
Timbrar mal el CFDI de nómina
Claves y catálogos incorrectos comprometen la deducción del gasto de sueldos, que suele ser el mayor de la empresa.
Prestaciones sin soporte
Vales, fondo de ahorro y bonos requieren plan y documentación para ser deducibles y exentos dentro de los límites de ley.
Integración del salario base de cotización
El salario con el que se cotiza al IMSS no es sólo el sueldo: integra las prestaciones que la ley considera parte de la remuneración, con las exclusiones y los límites que la propia ley señala. Ahí es donde una estructura de prestaciones bien diseñada, y bien documentada, hace diferencia legítima.
Qué revisar si vas a subcontratar la nómina
- Que el timbrado quede a nombre de tu empresa, no de un tercero.
- Que te entreguen el acuse de cada movimiento afiliatorio.
- Que concilien la cédula del IMSS contra tu plantilla antes de pagar.
- Que la relación laboral siga siendo tuya: la reforma en materia de subcontratación prohíbe la de personal.
Preguntas rápidas
¿En cuántos días debo dar de alta a un trabajador?
Los avisos afiliatorios tienen plazo de cinco días hábiles. En la práctica conviene presentar el alta antes de que la persona empiece a laborar, por la cobertura de riesgos de trabajo.
¿Puedo subcontratar personal?
La reforma en materia de subcontratación prohíbe la subcontratación de personal y sólo permite la prestación de servicios especializados, con registro. Lo que sí se puede subcontratar sin problema es la administración de la nómina, que es un servicio contable, no una cesión de trabajadores.
¿Qué pasa si no pago las cuotas del IMSS?
Se generan actualización, recargos y multas, y el instituto puede iniciar el procedimiento de cobro. Además, la empresa queda expuesta en caso de un riesgo de trabajo.
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